El certificado de eficiencia energética es un documento útil por todos sus beneficios. Existe desde 2007 para edificios de obra nueva. Fue en 2013 cuando se hizo obligatorio para venta y alquiler de edificios, locales y viviendas existentes. Desde entonces la demanda del certificado energético no ha parado de crecer, y en la actualidad se demanda por muchos motivos: deducciones en RENTA, solicitud de ayudas, hipotecas verdes. Si quieres saber más, sigue leyendo este artículo.
El certificado energético es un documento oficial. Tiene que estar redactado por un técnico competente y estar debidamente registrado y en vigor. Además, cada comunidad autónoma dispone de su organismo encargado de gestionar el certificado energético. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, el AVEN (Agencia Valenciana de la Energía) es el organismo donde se registran los certificados energéticos.
Además, la mayoría de dichos organismos disponen también de un registro de certificadores. Lo habitual es que cualquier ciudadano pueda consultar en estos organismos tanto los certificados como los técnicos registrados, ya que son de consulta pública.
Cómo encargar el certificado energético fácilmente
Pero si lo que quieres es encargar el certificado energético, lo habitual es consultar las plataformas donde se anuncian los técnicos certificadores. En esta plataforma de certificadosenegeticos.com los técnicos disponen de anuncios, los cuales son visibles hasta en tres poblaciones. Cualquier propietario de vivienda, local o edificio puede entrar en la plataforma y filtrar por provincia y población. A continuación, aparecerá un listado de técnicos competentes para la realización del certificado energético.
El cliente, en este caso el propietario, se puede poner en contacto directo con cualquier técnico del listado. Envía solicitud, aportando al menos dirección del inmueble y número de teléfono de contacto. Es fundamental que el técnico pueda ponerse en contacto directo con el cliente en cuanto reciba la solicitud. De ahí la importancia de indicar el número de teléfono en el mensaje de solicitud.
Los técnicos, fundamentalmente arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros, se dan de alta en la plataforma en muy pocos minutos. A continuación, reciben un mensaje de confirmación. Una vez el anuncio ha sido revisado, el perfil del técnico ya es público. Tenemos presencia en internet desde 2013 y contamos con técnicos que han fidelizado su presencia en nuestra plataforma.
Cuál es el contenido mínimo del certificado energético
El certificado energético o certificado de eficiencia energética, es un documento que queda regulado por el RD 390/2021. En este RD se desarrolla todos los aspectos legales que tiene que ver con el procedimiento de certificación de la eficiencia energética de edificios y partes de edificios. Entre ellos, el contenido del certificado energético.
El artículo 8 determina que el certificado energético va acompañado de la etiqueta energética, el informe XML (un archivo que se utiliza para el registro del certificado), y documentos anexos como el recibo de la tasa de registro, el justificante de registro y otros documentos anexos relativos a las medidas de mejora propuestas del certificado energético.
Además, el propio certificado energético se compone de:
– Portada con la identificación del inmueble, datos del técnico certificador y la calificación obtenida en dos escalas. Una escala de consumo de energía primaria no renovable, y otra escala de emisiones de carbono. Ambas acompañadas de una letra (la calificación energética) y un indicador numérico.
– Anexo I, donde se describen las características energéticas del inmueble.
– Anexo II, donde se muestra la calificación energética del edificio, pero desglosada por servicios técnicos: calefacción, refrigeración, ACS e iluminación (sólo para inmuebles de uso distinto al residencial).
– Anexo III, de recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética, según la calificación energética obtenida. Y si existe potencial de mejora. Hasta tres propuestas de mejora puede contener el certificado energético.
– Anexo IV, donde se especifica la fecha de la visita por el técnico competente al inmueble para la toma de datos y las pruebas y comprobaciones que se hayan realizado durante dicha visita.
Como veremos a continuación, el certificado energético se debe de emitir como máximo en un plazo de tres meses desde la visita para la toma de datos. Posteriormente, existe un plazo de un mes, para su registro desde la fecha de emisión del certificado. En su defecto, el tiempo que determine el organismo encargado en cada comunidad autónoma de gestionar el certificado energético.
La visita para la toma de datos es obligatoria por ley
El RD 390/2021 es muy claro al respecto. En su artículo 6.5 indica que: Durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará al menos una visita al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado, para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias para la correcta realización del certificado de eficiencia energética del edificio o de la parte del mismo.
Por lo tanto, el técnico que firma el certificado energético tiene que desplazarse al inmueble para realizar las comprobaciones oportunas. No hacer la visita implica falsear información en el certificado energético, ya que debería de indicar una fecha de visita en el Anexo IV que no es real. Dicha acción equivale a una infracción muy grave, que conlleva una sanción económica de entre los 1.001 euros y los 6.000 euros, según el RDL 7/2015, de 30 de octubre.
El certificado energético es un documento útil
El certificado energético es un documento que cada vez es más demandado. A continuación, te explicamos algunos ejemplos:
– Venta de inmuebles. El certificado energético será solicitado por el notario cuando se formalice la venta de una vivienda, edificio o local comercial. Lógicamente, el propietario debe de disponer del certificado energético con anterioridad, ya que es su obligación mostrar la calificación energética en toda publicidad de venta de su inmueble.
– Alquiler de inmuebles. El propietario debe disponer del certificado energético si decide dar publicidad del alquiler de su vivienda, edificio o local comercial. Es un derecho del consumidor poder consultar la calificación energética del inmueble en el que esté interesado como posible arrendatario. Se anexará la etiqueta energética al contrato de arrendamiento.
– Para deducciones en RENTA. En este caso será necesario solicitar al técnico competente que emita y registre dos certificados. Uno anterior a la reforma para la mejora de la eficiencia energética de la vivienda o edificio, y otro, posterior. Con ambos se justificará la reducción del consumo energético, o demanda energética, que se exige como requisito para ser beneficiario de las deducciones por mejora de la eficiencia energética de la vivienda o edificio objeto de rehabilitación energética. Un ejemplo muy habitual de mejora de la eficiencia energética es la instalación de paneles solares fotovoltaicos en el tejado de la vivienda.
– Para hipotecas verdes. Existen entidades bancarias que ofrecen condiciones más favorables o bonificación en el interés de la hipoteca por disponer de una buena calificación energética de la vivienda que se pretende hipotecar. Para ello es necesario disponer del certificado energético que acredite la calificación energética.
– Solicitud de ayudas públicas. Tiene que ver con la solicitud de ayudas públicas para la rehabilitación energética. El certificado energético sirve para justificar el requisito de reducción de consumo y/o demanda energética del inmueble objeto de mejora, exigido en las bases de cada convocatoria.
Conclusiones
Si vas a encargar el certificado energético, contacta con técnicos profesionales competentes.
Como se ha podido comprobar, encargar el certificado energético en certificadosenergeticos.com es un muy sencillo y directo. El técnico recibirá la solicitud inmediatamente y agendará visita para la toma de datos con el cliente lo antes posible.
El plazo de entrega habitual suele ser de 2 o 3 días desde la realización de la visita para la toma de datos. En algunos casos más complejos, la entrega puede requerir de un plazo superior. Consulta con el técnico más cercano en la plataforma.
Por otro lado, el certificado energético, para que sea válido legalmente, tendrá que estar redactado por un técnico competente, registrado y en vigor. El certificado energético tiene una validez de 10 años, excepto cuando la calificación energética es G. En este caso, la validez es de 5 años. Conserva el documento durante dicho tiempo.