A la hora de dar de baja la luz, es el titular el que debe realizar este trámite para cancelar el suministro eléctrico definitivamente. Puedes querer dar de baja la luz por diferentes motivos y en cualquiera de los casos, el trámite resulta sencillo y efectivo a corto plazo. Antes de dar de baja la luz puedes utilizar el comparador de tarifas para elegir la que más se adapta a tus hábitos de consumo. Te explicamos todo lo que necesitas saber en caso de que quieras dar de baja la luz.
Dar de baja el suministro de luz consiste en terminar dicho suministro en tu hogar, es decir, ya no quieres percibir más el suministro de luz en tu vivienda y esta se quedará sin luz indefinidamente hasta que se demande una nueva alta de la luz.
En caso de que hayas dado de baja el suministro y un nuevo inquilino va a llegar al inmueble después de esto, este no tendrá luz cuando llegue a la vivienda. Por eso, hasta que él mismo no dé de alta la luz de nuevo, no podrá tener luz en su hogar durante unos días.
Si, al contrario, eres el nuevo inquilino que llega a una vivienda, es recomendable que preguntes al dueño anterior si dio de baja el suministro de luz o no por si tienes que contactar a la comercializadora para dar de alta la luz y dejar todo listo para tu llegada.
No debes confundir dar de baja la luz con cambiar de titular porque no hace falta cambiar de titularidad del contrato de luz para dar de baja la luz.
Cualquier cliente de cualquier compañía comercializadora puede dar de baja el suministro de luz, y también de gas, en su local, si no va a necesitarlo más. El trámite de dar de baja la luz es simple y no toma mucho tiempo. Pero, ten en cuenta que únicamente el titular de la cuenta puede realizar este trámite. Ten en cuenta que con la baja de la luz se finaliza el contrato con la comercializadora y con la distribuidora correspondiente. Además, esto lo puede hacer a través de diferentes vías que presentamos a continuación.
Si llamas directamente a la comercializadora, uno de sus consejeros puede ayudarte con la gestión rápidamente si facilitas todos los datos necesarios en el momento. Puede que la llamada sea grabada con el consentimiento de ambas partes y de esta manera se deja constancia de la solicitud de baja del contrato de luz.
Si accedes a la página web de la compañía comercializadora, puedes realizar el trámite de dar de baja la luz directamente o también puedes hacerlo por medio de la app de la comercializadora con tus propias credenciales. Otro caso de dar de baja por Internet es enviando el cese del contrato de la luz mediante el correo electrónico.
Normalmente, las compañías comercializadoras tienen diferentes oficinas esparcidas por diferentes ciudades de España, por lo que si prefieres que te atiendan en persona, puedes acudir al punto más cercano. Ahí, puedes firmar el escrito de la baja y el consejero te indicará detalladamente todos los pasos a seguir.
Una vez se haya realizado la baja de la luz, un técnico de la comercializadora acudirá a tu hogar para desinstalar y retirar el contador de la luz si el titular es el propietario de este contador. Sino, solo se precintará el contador de luz. Previo a esto, se hace una lectura de la baja del contrato de la luz. Sin embargo, lo más habitual es que los contadores puedan telegestionarse, es decir, no requieren de la presencia del técnico en el inmueble, sino que la comercializadora realiza el trámite directamente de manera remota en su oficina.
En términos generales, dar de baja la luz en las distintas comercializadoras funciona de la misma manera, sin embargo, como hay comercializadoras que tienen sus propias particularidades, es mejor que consultes con ellas directamente. Pero a continuación te vamos a presentar los requisitos a cumplir en términos generales para todas las comercializadoras. Cuando vayas a dar de baja la luz, se recomienda tener una factura de luz o gas a mano para que el trámite sea más rápido. Los datos más comunes solicitados por las comercializadoras para tramitar las bajas son los siguientes:
Dar de baja la luz es un trámite simple que hay que llevar a cabo cuando se va a deshabitar un inmueble o no se va a hacer uso del suministro de luz durante un periodo largo de tiempo. Además, hay ciertos casos en los que se recomienda especialmente dar de baja la luz, a continuación presentamos estos casos:
El trámite de dar de baja la luz es gratuito y se puede realizar todas las veces que lo necesite el cliente, siempre y cuando el contrato no tenga permanencia y, en caso de hacerlo, comprobar que el periodo de la permanencia ha terminado para poder dar de baja la luz tranquilamente. Sino, tendrá que abonar una penalización económica.
Si el inmueble va a tener otro nuevo inquilino a corto plazo, no es recomendable solicitar la baja porque este tendrá que pagar el alta. En estos casos es recomendable que el nuevo futuro titular solicite el cambio de titularidad del suministro de luz.
Una vez se da de baja el suministro, si se quiere dar de alta otra vez, para reactivar el suministro de luz mediante el alta de la luz, habrá que abonar los derechos de alta con la factura de renovación. Este precio siempre depende del tiempo que haya durado la baja y de la potencia contratada. Los derechos que se pagan con la reactivación son los siguientes:
Desde el momento en el que el titular solicita la baja hasta que esta se produce, suele transcurrir un periodo máximo de 2 semanas, es decir, de 15 días hábiles. Este periodo siempre depende de lo que indique la compañía comercializadora y la distribuidora del suministro eléctrico. Idealmente, este proceso suele tardar de 5 a 7 días tras la retirada del contador de luz, aunque siempre depende de la comercializadora. Pero te aconsejamos que consultes a la comercializadora cuáles son los plazos habituales para estos trámites.
Lo primero que debes tener en cuenta antes de decidirte por dar de baja la luz es saber si vas a tener que solicitar el alta de la luz en un largo periodo de tiempo o corto. Porque si resulta ser un corto periodo de tiempo, no te compensa dar de baja la luz, ya que para la reactivación del suministro tendrás que pagar el alta y los derechos de acceso.
Por ejemplo, en los casos de compra o alquiler de un hogar, se recomienda cambiar de titular y no dar de baja el suministro porque, sino el nuevo inquilino tendrá que pagar los derechos de acceso. Se trata de una gestión gratuita y que no genera futuros costes. Además, mediante el cambio de titularidad, cuando el inquilino entre a vivir, ya dispondrá de suministro eléctrico tras cambiar de titular.
En caso de que quieras cambiar de compañía, no hace falta que solicites la baja del suministro de luz, para ello, solo tendrás que ponerte en contacto con la comercializadora a la que te quieres cambiar y elegir la tarifa que mejor se adapte a tus necesidades de consumo y con la que más ahorres. Será la propia comercializadora la que se ponga en contacto con la anterior y realice todos los trámites de cambio. Además, la vivienda no se quedará sin suministro de luz.
Por tanto, en este caso, no hay opciones mejores o peores, sino que depende de lo que quieras hacer, si simplemente quieres cambiar de compañía, basta con contactar a la comercializadora y cambiar, no hace falta dar de baja el suministro, ambas opciones son diferentes.
Sí, normalmente, todas las compañías comercializadoras siguen los mismos pasos para dar de baja la luz. Sin embargo, dependiendo del caso, pueden exigir sus propias particularidades. Lo mismo ocurre para dar de baja el suministro del gas.
La manera más rápida para saber si el suministro se ha dado de baja es llamando directamente al servicio de atención al cliente, enviando un correo electrónico o presentándote directamente en la oficina. Serán los propios trabajadores de la comercializadora los que confirmen si tu hogar ya no cuenta con un suministro eléctrico.
En caso de que vayas a volver al segundo hogar en un medio o corto plazo de tiempo, se recomienda que no se dé de baja la luz a no ser que sea durante un largo periodo de tiempo. En este caso, se recomienda contratar una tarifa que ofrezca un bajo precio por potencia porque, en el caso de no estar en el hogar, solo se pagará el precio de la potencia y no el del consumo.
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