Tarifa RL.3 de gas natural

Todo sobre la tarifa RL.3 de gas natural

La Tarifa RL.3 se asigna a hogares con consumos muy elevados o a pequeños negocios. Sirve para cubrir los costes regulados de acceso a la infraestructura, transporte y distribución del gas natural.

A RETENER :

  • La tarifa RL.3 se asigna a los usuarios que tienen un gasto de gas natural entre 15.000 kWh y los 50.000 kWh al año. 
  • La tarifa RL.3 no depende del consumo del punto de suministro sino de la capacidad contratada.
  • El cliente no es el que elige la tarifa RL.3, ya que esta es un peaje.
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¿Qué es la Tarifa RL.3?

La Tarifa RL.3 es uno de los peajes que deben pagar los consumidores de gas natural. En este caso, es el término fijo que se le asigna a quienes tienen una demanda entre los 15.000 kWh y los 50.000 kWh al año.

Esta tarifa sirve para cubrir:

Y aunque puede prestarse a confusión con los planes que ofrecen las comercializadoras, la Tarifa RL.3 de gas es un cargo fijo, que no depende del consumo del punto de suministro sino de la capacidad contratada.

¿Cuánto cuesta la Tarifa RL.3?

Aun cuando se trata de un término fijo, el precio de este peaje puede variar según el tipo de comercializadora con la que se contrate el suministro de gas natural.

Las comercializadoras del mercado regulado les dan todas el mismo precio a la Tarifa RL.3, pero las del mercado libre fijan su precio. Debes tener en cuenta que el coste mínimo es el que establecen las comercializadores de referencia.

Esto significa que quienes tienen contratado un plan TUR RL.3 (que sólo ofrecen las comercializadoras de referencia) pagan todos el mismo precio por el peaje RL.3.

Los que tienen un contrato con una comercializadora del mercado libre pagarán los precios que fije cada empresa. Estos pueden ser iguales o superiores a la TUR RL.3, pero nunca están por debajo.

La Tarifa RL.3 es un coste que hay que pagar cada mes y se carga en las facturas del gas.

¿Quiénes pueden contratar la Tarifa RL.3?

La Tarifa RL.3 es un peaje, no un plan, por lo tanto, el cliente no lo elige.

Es la distribuidora quien determina cuánta presión (capacidad) necesita el punto de suministro. Para hacerlo toma como referencia el consumo del año anterior y si no hay un histórico disponible, lo hace por estimaciones, teniendo en cuenta la zona geográfica y la cantidad de gasodomésticos.

A quienes se les asigna la Tarifa RL.3 es porque su consumo de gas natural no excede los 50.000 kWh/año ni está por debajo de los 15.000 kWh/año. Estos son los clientes que utilizan el suministro para cocinar, para calentar el ACS y para la calefacción, pero en zonas muy frías.

Si quieres saber si a tu negocio o vivienda le corresponde la Tarifa RL.3 sólo tienes que mirar el Certificado de Instalación de Gas (Boletín de Gas). También puedes ver una factura de gas; en el apartado “datos del suministro” aparece esta información.

¿Con cuál comercializadora se puede contratar la Tarifa RL.3?

Dentro del mercado regulado solo hay 4 comercializadoras de referencia que ofrecen la Tarifa RL.4.

Estas tienen la tarifa TUR, que le da un precio fijo al kWh y se cobra según el consumo. El valor del kWh tiene reajustes cada 3 meses: el 1.º de enero, el 1.º de abril, el 1.º de julio y el 1.º de octubre.

Comercializadoras del mercado regulado que ofrecen la Tarifa RL.4 del gas
Energía XXI 800 760 333
Baser 900 902 947
Comercializadora Regulada Gas & Power 900 100 259
Curenergía 900 200 708

También puedes contratar un plan con alguna de las comercializadoras del mercado libre. Dependiendo de la empresa podrás encontrar ofertas de tarifas indexadas y de tarifas fijas.

A RETENER :

Las tarifas indexadas toman como base para cobrar el consumo el precio que se fija en el mercado mayorista de gas y a eso añaden un importe que puede ser un monto único por gestión o un recargo sobre el precio de cada kWh consumido.

Las tarifas fijas son aquellas que le dan un precio único al kWh por año o puede ser una tarifa plana.

¿Qué hace falta para poder contratar una Tarifa RL.3 de gas natural?

El único requisito indispensable es que la Tarifa RL.3 sea tu peaje de gas.

Por lo demás, tú eliges si quieres contratar los servicios de una comercializadora del mercado libre o una del mercado regulado

Lo primero que tienes que verificar es que este sea el peaje que te ha asignado tu distribuidora. Luego tienes que decidir si quieres estar con una comercializadora del mercado libre o si prefieres estar con una comercializadora del mercado regulado y seleccionar el plan de tu preferencia.

Recuerda tener a la mano:

Preguntas frecuentes (FAQs) sobre la tarifa RL.3 de gas natural

Sí. Estas ayudas energéticas también cubren a los consumidores de la Tarifa RL.3.

No. Lo único que es necesario es tener aprobado el Bono Social Eléctrico durante el año en curso. Para eso hay que contratar la luz con una tarifa PVPC (del mercado regulado), que la potencia máxima sea de 10 kW y demostrar que es un cliente en condiciones de vulnerabilidad económicas y/o sociales.

Al momento de dar de alta el suministro de gas también conviene tener en cuenta si el contrato tiene permanencia, si la comercializadora ofrece un buen servicio de mantenimiento o si hacen descuentos y promociones.