Cosas a tener en cuenta para dar de alta la luz en tu vivienda
Sea que has adquirido una nueva vivienda recién construida o que vayas a comprarla, siempre tienes que tener en cuenta los suministros de electricidad y gas natural para evitar cualquier inconveniente.
Dar de alta la luz y el gas natural vs contratar
Antes de seguir adelante tenemos que dejar algo claro: dar de alta un suministro no es lo mismo que contratarlo.
Dar de alta significa que la vivienda no cuenta con una instalación eléctrica y/o de gas natural o, si las tienen, están inactivas.
Contratar es tomar en contrato una tarifa de luz y/o gas natural con una comercializadora energética que puede ser tanto del mercado libre como del mercado regulado. También puede ser la gestión de cambio de comercializadora o de reactivaciones de suministro tras tiempo prolongado.
Como ves, son dos gestiones diferentes y en este artículo nos vamos a encargar de todo lo referente al alta de servicios. Así que vamos al lío.
Estos son los trámites para dar de alta la luz y el gas en viviendas que han sido recientemente construidas o de primera ocupación.
Dar de alta la luz y el gas en viviendas de primera ocupación
Aunque no es común, puede ocurrir que la vivienda que vas a comprar no tenga sus respectivas instalaciones de luz y/o gas natural. En ese caso, esto es lo que tendrás que hacer:
Dar de alta la luz
- Tendrás que ponerte en contacto con la distribuidora eléctrica responsable de tu zona geográfica y solicitarles el alta.
- La distribuidora se encargará de hacer la instalación para habilitar el suministro. Este servicio comprende: soporte técnico, mano de obra y materiales.
- Una vez la instalación está hecha, el técnico asignará el CUPS de electricidad (Código Unificado del Punto de Suministro) y emitirá el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o Boletín Eléctrico. Si vives Cataluña, también se te emitirá el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul.
- Por último, la distribuidora instalará el contador de electricidad (que se les puede alquilar por un pequeño coste mensual) y autorizará a las comercializadoras para dar de alta el suministro eléctrico.
Dar de alta el gas
Así como ocurre con las instalaciones eléctricas, el primer paso para hacer una instalación de gas es comunicarse con la distribuidora encargada de tu zona geográfica. Una vez hayas solicitado el alta, la distribuidora de gas:
- Se encargará de la instalación, prestando soporte técnico, mano de obra y materiales.
- Al finalizar la instalación emitirá el Certificado de Instalación de Suministro (CIG) o Boletín de Gas.
- Luego, el técnico asignará el CUPS de gas (Código Unificado del Punto de Suministro).
- Para finalizar, la distribuidora instalará el contador de gas (que puede ser en condición de alquiler por un bajo costo) y dará el visto bueno a las comercializadoras para dar de alta el gas natural.
Tras el primer mes de disfrute del servicio, las comercializadoras de luz y gas incluyen en las facturas de energía los peajes por Derechos de Acometida.
Dar de alta la luz y el gas tras una baja
Si tu vivienda es de segunda ocupación, debes prestar mucha atención al estatus de los servicios: asegúrate de que los suministros fueron dados de baja y no suspendidos.
En el caso de una baja voluntaria del suministro eléctrico, la comercializadora te pedirá para la reactivación:
- Datos del titular del suministro (nombre, apellidos, DNI, teléfono y correo).
- Dirección del punto de suministro.
- Código CUPS de electricidad de la vivienda.
- Datos bancarios del titular.
- Si la baja del servicio tiene más de 3 años, quizás tengas que hacer una inspección de la instalación.
- Datos del titular del suministro (nombre, apellidos, DNI, teléfono y correo).
- Dirección del punto de suministro.
- Código CUPS de gas de la vivienda + Boletín de gas.
- Datos bancarios del titular.
- Si la baja del servicio tiene más de 2 años, te pedirán una inspección de la instalación.
Si la instalación (de luz o de gas) tuviera que pasar una inspección, un técnico de la distribuidora o un técnico particular autorizado es quien debe hacer las evaluaciones.