Cómo contratar la luz en un suministro
A la hora de contratar la luz en un suministro, nos podemos encontrar ante diferentes situaciones dependiendo del estado del mismo:
- Si la contratación está a nuestro nombre y solo queremos mejorar sus condiciones, tendremos que hacer un cambio de tarifa o de comercializadora
- Si no está a nuestro nombre, tendremos que efectuar un cambio de titularidad y elegir una nueva comercializadora para desvincularnos de las posibles deudas asociadas al suministro
- Si no se dispone de suministro, habrá que gestionar el alta de luz con la comercializadora que deseemos y pagar los costes asociados
En algunos casos, puede ser difícil identificar los pasos a seguir en cada caso, por ello, a continuación te damos las claves para que puedas contratar la luz de manera rápida y sencilla, y con las mejores condiciones.
Mejorar la contratación de luz vigente en nuestro suministro
Como ya hemos mencionado, si la contratación ya está a nuestro nombre y solo queremos mejorar sus condiciones, tendremos que hacer una comparativa entre las diferentes ofertas disponibles en el mercado. Es un trámite completamente gratuito.
Aunque nuestra propia comercializadora puede ofrecernos una tarifa más económica, es recomendable valorar todas las opciones y sus aspectos más importantes:
- Comprueba que no existen penalizaciones por permanencia en el contrato.
- Revisa si existen servicios de mantenimiento adicionales y si te interesan, para no aumentar el gasto de manera innecesaria.
- Opta por una tarifa de precio fijo si tu consumo es regular a lo largo del día, o por una tarifa con discriminación horaria o indexada, si es mayoritario por la noche.
Hacernos cargo de un suministro de luz ya existente
Hacernos cargo de un suministro de luz ya existente implica hacer un cambio de titular de luz, gestión que tampoco tiene ningún coste, y que se puede llevar a cabo todas las veces que sea necesario.
Se recomienda, también, hacer un cambio de comercializadora para desvincularnos de posibles deudas anteriores asociadas al suministro. Por tanto, nos tendremos que dirigir a la empresa que mejores condiciones nos ofrezca y presentar la siguiente documentación:
- Datos del anterior titular del contrato: nombre completo y DNI
- Datos del nuevo titular de la luz: nombre completo, DNI, número de cuenta a su nombre y contacto
- Dirección exacta del suministro y código CUPS, que podremos localizar en cualquier factura anterior
- Potencia a contratar, en el caso de que se quiera modificar la existente. Si esta supera la permitida en el CIE vigente en el inmueble, también se tendrá que presentar uno nuevo, que verifique que la subida de potencia es segura en la instalación
El nuevo contrato será vigente en un plazo de 2 a 20 días tras su firma, periodo en el cual, el anterior titular recibirá una última factura de cierre a su nombre.
Contratar el suministro de luz, si no se dispone de él
Por último, dar de alta la luz si no se dispone de suministro, es una gestión que sí tiene coste.
Su precio se divide en tres derechos regulados por la distribuidora de la zona, dos de los cuales, dependen de los kilovatios de potencia que se deseen contratar:
- Derechos de extensión: 17,37 € por los kW potencia contratada (sin IVA)
- Derechos de acceso: 19,70 €/kWh por los kW de potencia contratada (sin IVA)
- Derechos de enganche: 9,04 €, que solo se abonarán si el inmueble lleva más de 5 años de baja o si nunca ha tenido luz
El trámite se hará efectivo en un plazo máximo de 8 días desde que la distribuidora recibe toda la documentación por parte de la comercializadora, por lo que el tiempo total transcurrido desde que se inicia la gestión hasta que la vivienda dispone de luz, dependerá de la rapidez de gestión de la comercializadora elegida.
Ten en cuenta
En el caso de que hayas llevado a cabo una reforma, tendrás que seguir todos los pasos indicados anteriormente para dar de alta la luz cuando no se disponga del suministro.